El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha firmado una Orden Ministerial que endurece las exigencias de información y comercialización de las mascarillas higiénicas, accesorios y filtros. Esta normativa, que cuenta con el aval de la Unión Europea y la Organización Mundial del Comercio (OMC), busca garantizar la seguridad de los usuarios mediante una definición más estricta de los productos y sus requisitos técnicos.
Nuevas exigencias de certificación y etiquetado
A partir de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE), solo podrán venderse como mascarillas higiénicas aquellas que hayan sido testadas por laboratorios acreditados. El etiquetado deberá incluir obligatoriamente:
- Normas y especificaciones técnicas seguidas en la fabricación.
- Datos de eficacia de filtración, resistencia a la respiración y el laboratorio que realizó las pruebas.
- En el caso de productos reutilizables, los resultados antes y después de los ciclos de lavado.
- Lugar de procedencia del producto cuando su omisión pueda inducir a error.
Asimismo, se prohíbe la venta de mascarillas higiénicas fuera de su envase original o en formatos que no garanticen el cumplimiento de la norma.
Regulación para colectivos específicos
La normativa introduce regulaciones especiales para mejorar la accesibilidad:
- Lectura labial: Se permiten zonas que faciliten la lectura labial siempre que se indique en la etiqueta, no obstruyan la respiración, no empañen la visión y se especifique si distorsionan el habla.
- Discapacidad: Las mascarillas para personas con discapacidad deberán incluir elementos ajustables (como velcros o salvaorejas) para facilitar la autonomía y evitar rozaduras.
- Infantiles: Deberán indicar la edad aproximada de uso según datos antropométricos españoles y llevar la advertencia: «Utilizar bajo la supervisión de un adulto», cumpliendo la norma UNE-EN 14682:2015.
Sanciones y plazos de adaptación
Los productos ya presentes en el mercado disponen de 30 días para adecuarse a la nueva normativa; transcurrido este plazo, no podrán usar la denominación de "mascarillas higiénicas". Por su parte, los laboratorios cuentan con seis meses para obtener la acreditación nacional correspondiente.
El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones graves. Los laboratorios que certifiquen productos sin cumplir lo dispuesto se enfrentan a cierres de hasta cinco años, mientras que las comunidades autónomas podrán retirar de la circulación los productos que no respeten el etiquetado.
Contexto europeo
España alinea así sus exigencias con la guía CWA 17553/2020 del Comité Europeo de Normalización (CEN). La medida responde a la estabilización del mercado, donde España ya cubre el 90% de la demanda, permitiendo pasar de una normativa flexible adoptada en abril de 2020 a una mucho más rigurosa.