El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para regular el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social que colaboran con la Administración General del Estado (AGE). Esta norma, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, cumple con el mandato de la ley 43/2015 y busca establecer una colaboración más estable, inclusiva y eficaz entre las instituciones públicas y la sociedad civil organizada.

Requisitos para el reconocimiento de entidades colaboradoras

Para obtener la distinción de entidad colaboradora con la AGE, las organizaciones deberán cumplir una serie de requisitos específicos:

  • Desarrollar actividades de interés general.
  • Contar con una antigüedad mínima de cinco años.
  • No retribuir a los miembros de sus órganos de representación con fondos o subvenciones públicas.
  • Disponer de estructura y medios suficientes o poseer un certificado de sistema de evaluación de la calidad y mejora continua.

Beneficios y gobernanza

Las entidades reconocidas podrán acceder a diversas ventajas diseñadas para mejorar su sostenibilidad y simplificar su gestión administrativa, tales como la simplificación documental en la solicitud de subvenciones, la posibilidad de suscribir convenios específicos de colaboración y el uso de un distintivo oficial.

La gestión de estas solicitudes recaerá en una Comisión de Evaluación, presidida por la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales y compuesta por representantes de diez ministerios. Por su parte, la Secretaría de Estado de Derechos Sociales ejercerá la supervisión y el control, exigiendo a las entidades una memoria anual de actividades y la sujeción a un Plan de Evaluación y Control.

Actuación en situaciones de emergencia

El decreto regula también la intervención de estas entidades ante necesidades sociales sobrevenidas, como emergencias sanitarias o climáticas. En estos escenarios, la respuesta se articulará mediante planes de actuación específicos aprobados por la Comisión de Evaluación para optimizar la rapidez y eficacia de la ayuda a la población vulnerable.

Plazos y entrada en vigor

El real decreto entrará en vigor el 2 de enero. A partir de esa fecha, las entidades interesadas podrán presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.