El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha la consulta pública previa de un proyecto de real decreto destinado a facilitar la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) a través del método farmacológico en los centros de Atención Primaria.

Adaptación de la normativa y acreditación de centros

La propuesta busca modificar la normativa de autorización y acreditación de los centros sanitarios para adaptarla a esta modalidad, ya que la regulación vigente está enfocada principalmente en procedimientos quirúrgicos o instrumentales. El objetivo es reconocer que el aborto farmacológico en las primeras semanas de gestación no requiere de infraestructuras quirúrgicas complejas.

Para lograrlo, el Ministerio plantea modificar dos normativas clave:

  • El Real Decreto 1277/2003, relativo a la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • El Real Decreto 831/2010, centrado en la garantía de la calidad asistencial de la prestación de la IVE.

Funciones y responsabilidad profesional

La reforma prevé que las unidades de Planificación Familiar asuman expresamente la indicación, prescripción y seguimiento del aborto farmacológico, así como la atención a sus posibles complicaciones. Estas tareas quedarían bajo la responsabilidad de especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria o en Obstetricia y Ginecología.

Asimismo, se propone la creación de requisitos asistenciales y organizativos específicos para acreditar a los centros que decidan realizar esta prestación.

Gestión de la objeción de conciencia

El proyecto contempla la implementación de mecanismos organizativos en los centros de Atención Primaria para asegurar que el ejercicio individual de la objeción de conciencia por parte del personal sanitario no interfiera con el acceso efectivo y sin demoras de las mujeres a este servicio.

El periodo de consulta pública permanecerá abierto hasta el 20 de octubre de 2026, fecha límite para que la ciudadanía y las organizaciones interesadas envíen sus aportaciones al correo dgsp_normativa@sanidad.gob.es.