El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley del tabaco, que será remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria. Esta reforma, que modifica la Ley 28/2005, representa la actualización más significativa de la normativa estatal contra el tabaquismo en más de una década, con el objetivo de adaptar la legislación a los nuevos patrones de consumo y proteger la salud pública.

Ampliación de las restricciones de consumo

La nueva normativa extiende la prohibición de fumar a diversos espacios al aire libre y entornos colectivos, entre los que destacan:

  • Terrazas de bares, restaurantes y establecimientos de restauración.
  • Playas marítimas y fluviales, así como piscinas de uso colectivo.
  • Instalaciones deportivas y parques nacionales.
  • Recintos de espectáculos públicos (teatros, cines y conciertos), incluso al aire libre.
  • Vehículos de trabajo, excepto cuando se utilicen para uso personal.

Asimismo, se establecen entornos de protección reforzada, prohibiendo fumar en un radio inferior a 15 metros de los accesos a centros sanitarios, educativos, universidades, museos, bibliotecas, centros culturales, deportivos y recintos infantiles.

Protección de menores y nuevos productos

Por primera vez, el texto prohíbe expresamente el consumo de productos del tabaco por parte de menores de 18 años, y no solo su venta o suministro. Esta medida se fundamenta en datos de la encuesta ESTUDES 2025, que indica que el 15,5% de los jóvenes de entre 14 y 18 años consumió tabaco en el último mes.

La ley equipara el uso de cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados (como la shisha o dispositivos con y sin nicotina) al tabaco tradicional en los espacios sin humo. No obstante, las bolsas de nicotina quedan excluidas de esta equiparación en espacios públicos, aunque su consumo sigue prohibido para menores.

Limitaciones a la venta y publicidad

La comercialización de productos relacionados con el tabaco quedará restringida a tiendas especializadas. Estos establecimientos no podrán exhibir publicidad ni cartelería visible desde el exterior. Además, se refuerzan las restricciones publicitarias en internet, máquinas expendedoras y medios audiovisuales, prohibiendo que presentadores o colaboradores aparezcan fumando o mostrando marcas de tabaco.

Implementación y seguimiento

El proyecto de ley, enmarcado en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014. La norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), concediendo un plazo de dos meses para adaptar la señalización de los espacios afectados.